miércoles, 27 de junio de 2012

Comunicado Oficial Deportes A Motor Coldeportes.

(Prensa Coldeportes)






El Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el
Aprovechamiento del Tiempo Libre – COLDEPORTES, se permite informar a la Opinión
Pública, Entidades del Estado y Entidades Privadas que autorizan y apoyan el Deporte en
General, que de conformidad con lo regulado en el artículo 11 del Decreto Ley 1228 de
1995, las Federaciones Deportivas Nacionales, tendrán a su cargo el manejo técnico y
administrativo de su Deporte en el ámbito Nacional y la representación Internacional del
mismo.
Es importante resaltar, que para la organización y desarrollo de actividades, como son
exhibiciones, competencias, torneos, campeonatos y eventos de carácter deportivo que
se desarrollen en el territorio Colombiano, se requiere del aval y/o concepto favorable de
la Federación Deportiva Nacional respectiva, más aun si se trata de deportes a motor y
aéreos, como son como Automovilismo, Motociclismo y Karts, y Deportes Aéreos
(Parapente, Paracaidismo, Ala delta, Paramotor y Globos Aerostáticos), cuya práctica
implica un riesgo para la vida y la salud de los deportistas, el público que participe en los
eventos, si no se desarrollan por deportistas calificados, con los recursos técnicos
necesarios, en escenarios deportivos adecuados, con las medidas de seguridad
requeridas y con los permisos requeridos por las autoridades para la respectiva actividad
(tales como la Aerocivil), con el fin de evitar los lamentables sucesos ocurridos con algunos
deportistas, participantes y publico en general en eventos masivos que se realizan, por
fuera del ámbito de las federaciones deportivas nacionales.
El deporte debe practicarse con la debida planificación, dando aplicación al principio
fundamental de la Ética Deportiva, el cual hace alusión a que la práctica del deporte, la
recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, preservará la sana competición,
pundonor y respeto a las normas y reglamentos de tales actividades, las Entidades Públicas
y Privadas, así como los organismos deportivos y los participantes en las distintas prácticas
deportivas deben acoger los regímenes disciplinarios que le sean propios, sin perjuicio de
las responsabilidades legales pertinentes.
Por lo anterior, el Departamento Administrativo del Deporte la Recreación, la Actividad
Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - COLDEPORTES, se permite rechazar
tajantemente la Organización, Desarrollo y Práctica de eventos sin el Aval o Concepto
Favorable y acompañamiento de las Federaciones Deportivas Nacionales, que pueden
generar un riesgo para la vida no solo de los deportistas sino también de la comunidad
que asiste a los mismos.


Fuentes: Prensa Coldeportes.

Comunicaciones Fedeautos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario